Estatutos

TITULO I

DEL NOMBRE, DOMICILIO OBJETO, DURACIÓN Y COMPOSICIÓN.

 

 

ARTICULO PRIMERO. CLASE, DENOMINACIÓN Y DURACIÓN.

 

La Asociación es una persona jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, de interés general, que se rige por los presentes estatutos y por las leyes de la República de Colombia, que se denomina FEDERACIÓN COLOMBIANA DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE Y TECNOLOGÍAS INFORMATICAS RELACIONADAS, pudiendo utilizar la sigla FEDESOFT, y tendrá duración hasta el 30 de agosto del año 2150.

 

ARTICULO SEGUNDO. DOMICILIO.

 

El domicilio legal de la Asociación es la ciudad de Bogotá, Colombia No. obstante lo anterior, la Asociación podrá, por decisión de la Junta Directiva, establecer domicilios adicionales en otros Municipios de Colombia. En todo caso, las reuniones de la Asamblea General y las reuniones de la Junta Directiva podrán realizarse por fuera del domicilio legal si así se indica en la convocatoria.


ARTICULO TERCERO. COMPOSICIÓN.


La Asociación, está integrada por los productores y comercializadores de de productos o servicios relacionados con la tecnologías informáticas, y por otras organizaciones que directa o indirectamente propician el desarrollo de estas actividades, tales como Asociaciones, Universidades o Entidades del Gobierno, que hayan sido aceptados por la Junta Directiva de la Asociación y cumplan con los requisitos estatutarios.

 

ARTICULO CUARTO, OBJETO SOCIAL.


La Asociación tendrá por objeto las siguientes actividades:

 

A.      Promover y fomentar el desarrollo de la Industria de Software y afines o complementarios y su comercialización a nivel nacional e internacional.

B.       Agremiar y representar al sector productor de software y servicios informáticos.

C.       Prestar asesoría a las Ramas del Poder Público a nivel nacional, departamental, distrital y municipal.

D.      Promover el desarrollo del recurso humano requerido por la industria de software.

E.      Realizar proyectos de investigación, planes estratégicos y planes de acción que fortalezcan técnica y económicamente a los productores colombianos de software.

F.       Recopilar y divulgar información sobre tecnología informática.

G.      Realizar programas de mercadeo que aumenten la presencia y mejoren la imagen de los afiliados en el ámbito nacional, e internacional y ante los organismos multilaterales.

H.      Promover el respeto de los derechos consagrados en las leyes sobre Derechos de Autor y demás legislación aplicable sobre producción, reproducción y comercialización de los programas de computador y demás herramientas tecnológicas y propender por la expedición de normas que mejoren la protección de dichos derechos.

I.        Crear o administrar personas jurídicas de apoyo a la tecnología informática.

J.        Colaborar con el Gobierno Nacional como entidad consecutiva en el tema de Derechos de Autor y demás relacionados con la industria del software, las tecnologías informáticas y actividades afines y complementarias.

K.      Colaborar con las autoridades denunciando las violaciones a normas que reglamentan materias atinentes a la industria del software y apoyar que se apliquen las sanciones correspondientes.

L.       Celebrar convenios y afiliaciones con entidades nacionales e, internacionales y multilaterales con las cuales tenga un interés común.

M.     Administrar fondos o cuentas destinadas al desarrollo de actividades relacionadas con las tecnologías informáticas, por delegación o encargo de cualquier entidad pública o privada.

N.      Las demás que en desarrollo de los fines precedentes señalen las leyes, la Asamblea General y la Junta Directiva.

 

Para el desarrollo cabal de los objetos precedentes la Asociación podrá: 1) Adquirir, enajenar, hipotecar, aceptar en usufructo, mutuo comodato, etc., tomar y dar en arrendamiento bienes de toda clase; 2) Recibir administrar y disponer conforme a la ley y a su propia naturaleza, los dineros, aportes, contribuciones, donaciones, cuotas y en general los recursos que por cualquier razón ingresen a su patrimonio, procurando obtener una rentabilidad que asegure el

logro de su objetivo y sin que ello implique que la Asociación tenga en ningún caso ánimo lucrativo. 3) Celebrar toda clase de operaciones y contratos con bancos, instituciones crediticias, entidades oficiales y privadas, personas naturales y jurídicas, siempre que tiendan al cumplimiento de sus objetivos. 4)  Contratar los servicios de personas naturales y jurídicas con cuya actividad se persiga cumplir los objetivos expresados en estos estatutos. 5) Celebrar todos los actos y contratos que en general correspondan a su naturaleza y objetivo.

 

 

Copyright © 2010 Fedesoft. Todos los derechos reservados

Portal Drupal desarrollado por